DONACIONES

Sobre las donaciones

Todas las donaciones que hagas a lo largo del año son deducibles hasta un 75% en tu próxima declaración de renta.

Adisga Asociación forma parte de las entidades reguladas por el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de “régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo” y por tanto, las donaciones hechas se pueden beneficiar de los incentivos fiscales establecidos en los artículos 19, 20 y 21 de la mencionada ley.

Personas Jurídicas (IS)

  • Puede deducir el 35% del total de la donación o el 40% cuando en este ejercicio y en los dos anteriores se haya dado un importe igual o superior a la misma entidad.
    Con el límite del 10% de la base liquidable

Personas Físicas (IRPF)

  • Puedes deducir el 75% de los primeros 150 € + 30% del resto.
  • Puedes deducir el 75% de los primeros 150 € + 35% del resto cuando en este ejercicio y en los dos anteriores hayas dado un importe igual o superior a la misma entidad.

 

¿Quieres hacer una donación?

Las donaciones a Asociaciones son uno de los mecanismos que facilita que las entidades sin ánimo de lucro obtengan financiación económica para la puesta en marcha de sus programas o iniciativas de desarrollo. 

‘De todas las variedades de virtud, la generosidad es la más estimada’

Aristóteles

Sí quieres colaborar con nosotros económicamente puedes hacer tú donación en esté
número de cuenta ES60 2100 0281 6602 0054 3778.

Si tienes cualquier consulta te atenderemos de lunes a viernes de 10h a 13h y de 17 a 18h en Carrer de Manuel de Falla, 11, 08850 Gavà, Barcelona o en el teléfono +34687741231.

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    Nota:Los datos proporcionados son confidenciales y para uso exclusivo de Adisga

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